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Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 Artículo 34 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017 San Juan
Artículo 34.

Fijase en la suma que para cada caso se indica los presupuestos de operacion para el año 2017 de los siguientes organismos estimandose la suma de los recursos en el mismo monto, conforme al detalle que figura en planillas anexas que forman parte integrante de la presente ley.

 

 OBRAS SOCIALES                                 IMPORTES
 TOTAL OBRAS SOCIALES                         2.229.081.000
 Direccion de obra social de la provincia     2.064.010.000
 Direccion del programa federal de salud        165.071.000
 (PRO.FE)


En caso de que aun no hayan superado sus recursos especificos y deba hacerse frente a incrementos en las partidas personal, bienes y servicios no personales, transferencias y otros gastos operativos de obras sociales, el Poder Ejecutivo podra incrementar al calculo de recursos ( cuando sean de estimacion cierta) y el presupuesto de gastos en aquel monto necesario pura y exclusivamente para hacer frente a esas erogaciones.

 

La cantidad de cargos para cada organismo es la establecida en las planillas anexas que forman parte integrante de la presente ley.



Provincia de San Juan Artículo 34 Ley de presupuesto provincial para el ejercicio fiscal año 2017
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


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