Ley de Ministerios 2023 Artículo 38 Provincia de Mendoza
Ley de Ministerios 2023 Mendoza
Artículo 38.
Autorízase al Poder Ejecutivo, conforme lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley de Administración Financiera a realizar reestructuraciones, programas de jubilaciones o retiros voluntarios anticipados, reorganizar, fusionar, escindir o suprimir órganos y cargos de sus dependencias, modificaciones de la Planta de Personal o las reformas de sus organigramas administrativos que sean necesarias o convenientes para eficientizar las funciones del Estado. Asimismo, queda facultado para realizar las modificaciones presupuestarias y de las relaciones jerárquicas y funcionales legalmente establecidas, con el objeto de optimizar su funcionamiento.
Provincia de Mendoza Artículo 38 Ley de Ministerios 2023
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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