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Ley de Lemas Artículo 11 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Lemas San Luis
Artículo 11.

El Gobernador, el Vicegobernador, y Senadores Provinciales serán elegidos en forma directa por los electores, en distrito único y a simple pluralidad de sufragios. Cada elector sufragará por una fórmula indivisible de candidatos a los cargos, y resultará electo el SUBLEMA que, dentro del LEMA más votado, obtenga mayor cantidad de sufragios válidamente emitidos a su favor.

Para la distribución de los cargos titulares de Diputados Provinciales, se aplicará el sistema D'Hondt, primero entre LEMAS a fin de determinar la cantidad de cargos que corresponden a cada uno de ellos, y luego entre los SUBLEMAS de cada LEMA a fin de establecer a qué candidaturas pertenecen dichos cargos.

Cumplidos dichos pasos, los cargos se distribuirán de manera tal que la efectiva composición de la Cámara refleje los principios de alternancia en relación al género.

En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un/a diputado/a, el cargo será cubierto por la persona de su mismo género que figure en la lista como titular según el orden establecido, asegurándose que quien se incorpore pertenezca al mismo SUBLEMA de quien produjo la vacante. Una vez que ésta se hubiere agotado ocupará el cargo vacante la persona designada para cubrir suplencia de igual género que siga de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva. Una vez agotado dicho mecanismo, puede continuar la sucesión por el orden de suplencia contemplando el otro género. Una vez agotado el orden de suplencias del SUBLEMA al cual pertenecía el cargo vacante, se cubrirá con el mismo mecanismo antes descripto, dándose continuidad desde el cargo respectivo del SUBLEMA que haya obtenido más votos y así sucesivamente con el resto de los SUBLEMAS dentro de un LEMA.-

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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