Ley de inteligencia nacional Nacional
Ley de inteligencia nacional Nacional
- Artículo 1. La presente ley tiene por finalidad establecer el marco jurídico en el que...
- Artículo 2. A los fines de la presente ley y de las actividades reguladas por la misma,...
- Artículo 3. El funcionamiento del Sistema de Inteligencia Nacional deberá ajustarse...
- Artículo 4. Ningún organismo de inteligencia podrá: 1. Realizar tareas represivas,...
- Artículo 5. Las comunicaciones telefónicas, postales, de telégrafo o facsímil o...
- Artículo 5 bis. Las actividades de inteligencia serán ordenadas por las máximas autoridades...
- Artículo 6. Son organismos del Sistema de Inteligencia Nacional: 1. La Secretaría...
- Artículo 7. La Agencia Federal de Inteligencia será el organismo superior del Sistema de...
- Artículo 8. Las funciones de la Agencia Federal de Inteligencia serán las siguientes:...
- Artículo 9. Créase la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, dependiente de la...
- Artículo 10. Créase la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica Militar...
- Artículo 11. Queda prohibida la creación conformación y funcionamiento de...
- Artículo 12. El Presidente de la Nación fijará los lineamientos estratégicos y...
- Artículo 13. Conforme los lineamientos y objetivos establecidos por el Presidente de...
- Artículo 14. El Presidente de la Nación podrá convocar a un consejo interministerial...
- Artículo 15. Créase en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional la Agencia Federal de...
- Artículo 16. Las actividades de inteligencia, el personal afectado a las mismas, la...
- Artículo 17. Los integrantes de los organismos de inteligencia, los legisladores miembros...
- Artículo 18. Cuando en el desarrollo de las actividades de inteligencia o...
- Artículo 19. En el caso del artículo anterior, la autorización judicial será requerida...
- Artículo 20. Vencidos los plazos establecidos en el artículo precedente, el juez...
- Artículo 21. Transfiérase al ámbito de la Procuración General de la Nación del Ministerio...
- Artículo 22. Las órdenes judiciales para la interceptación de las comunicaciones...
- Artículo 23. Los funcionarios o miembros de un organismo de inteligencia serán...
- Artículo 24. El plantel del personal de la Secretaría de Inteligencia estará...
- Artículo 25. Los deberes, derechos, sistema de retribuciones, categorías, régimen...
- Artículo 26. La formación y la capacitación del personal de los organismos del Sistema...
- Artículo 27. La formación y capacitación del personal de la Secretaría de Inteligencia...
- Artículo 28. La Escuela Nacional de Inteligencia promoverá la formación del personal de...
- Artículo 29. Los estudios cursados en la Escuela Nacional de Inteligencia podrán...
- Artículo 30. Para impartir las enseñanzas y cursos relativos a los estudios referidos...
- Artículo 31. Créase en el ámbito del Congreso de la Nación la Comisión Bicameral de...
- Artículo 32. Los organismos pertenecientes al Sistema de Inteligencia Nacional serán...
- Artículo 33. En lo concerniente a las actividades de inteligencia, el control...
- Artículo 34. La Comisión Bicameral estará facultada para requerir de la Dirección de...
- Artículo 35. Los organismos integrantes del Sistema de Inteligencia Nacional remitirán a...
- Artículo 36. Ningún documento público emanado de la Comisión Bicameral podrá revelar...
- Artículo 37. La Comisión Bicameral será competente para supervisar y controlar los...
- Artículo 38. El Poder Ejecutivo Nacional deberá incluir en la reglamentación de la ley...
- Artículo 39. Las erogaciones efectuadas durante el ejercicio serán documentadas...
- Artículo 40. Los miembros de la Comisión Bicameral así como el personal permanente o...
- Artículo 41. La reserva establecida en cualquier otra norma o disposición de carácter...
- Artículo 42. Será reprimido con prisión de tres (3) a diez (10) años e inhabilitación...
- Artículo 43. Será reprimido con prisión de dos (2) a seis (6) años e inhabilitación...
- Artículo 45. Deróganse las leyes, "S" 19.373/73, 20.194 y "S" 20.195 y los decretos "S"...
- Artículo 46. Dentro de los 365 días de entrada en vigencia de la presente ley, el Poder...
- Artículo 47. Sustitúyase la expresión "Dirección de Inteligencia Interior" del segundo...
- Artículo 48. Sustitúyase la expresión "Dirección de Inteligencia Interior" del primer...
- Artículo 49. Sustitúyase del decreto reglamentario 1273/92de laLEY 24.059 la expresión...
- Artículo 50. NOTA DE REDACCION (MODIFICA L. 24.059)
- Artículo 51. A partir de la sanción de la presente ley, sustitúyase el nombre de...
- Artículo 52. Derógase toda norma de carácter público, reservado, secreto, publicada o no...
- Artículo 53. Comuníquese al Poder Ejecutivo
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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