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Ley de compras y contrataciones Artículo 18 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de compras y contrataciones Ciudad de Buenos Aires
Artículo 18. Funciones del Órgano Rector

 Son funciones del Órgano Rector:

a) Proponer políticas de compras y contrataciones que podrán considerar los demás poderes.

b) Proponer el dictado de normas reglamentarias, aclaratorias, interpretativas y complementarias en la materia.

c) Recopilar, ordenar y mantener actualizada la normativa vigente sobre las contrataciones del sector público de la Ciudad.

d) Diseñar, implementar y administrar un Sistema de Información que permita el ingreso por vía internet para el seguimiento de la gestión de todas las adquisiciones que se realicen con las pautas establecidas en el artículo 85.

e) Administrar el funcionamiento del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; el Registro Informatizado de Bienes y Servicios y el Registro Informatizado de Información de Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

f) Suministrar al sitio en internet del Gobierno de la Ciudad toda la información referida al Sistema de Compras y Contrataciones.

g) Aplicar las sanciones a los oferentes o adjudicatarios, a solicitud del órgano contratante.

h) Proponer manuales de normas y procedimientos.

i) Recopilar el programa anual de adquisiciones, a partir de la información que eleven las Unidades Operativas de Adquisiciones.

j) Elaborar y aprobar, el pliego único de bases y condiciones generales.

k) Brindar capacitación a las Unidades Operativas de Adquisiciones.

l) Fijar y mantener actualizados los precios de referencia.

m) Recomendar criterios generales y/o específicos de sustentabilidad.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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