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Instituto de Audiencia Pública Artículo 57 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Instituto de Audiencia Pública Ciudad de Buenos Aires
Artículo 57.

Todo el procedimiento debe ser transcripto taquigráficamente. La versión taquigráfica deberá ser publicada en el sitio web oficial de la institución pública de la Ciudad que haya sido la convocante de dicha audiencia, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles desde la realización de la misma.

Asimismo, el procedimiento puede ser registrado en grabación audiovisual, conforme a lo establecido en el Artículo 56, inciso f), y podrá ponerse a disposición de quien lo solicite. La grabación será obligatoria en el caso de que la Audiencia Pública fuera convocada por medios exclusivamente virtuales, y deberá ponerse a disposición de quien lo solicite.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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