Impuesto sobre los Ingresos Brutos Artículo 4 Provincia de Tucumán
Impuesto sobre los Ingresos Brutos Tucumán
Artículo 4.
La Dirección de Agricultura, a los efectos de la elaboración del registro al que se refiere el artículo anterior, deberá arbitrar todos los medios necesarios a los fines de obtener certeza sobre los datos que se consignen, teniendo como objetivo principal verificar que los mismos correspondan a la realidad económica del beneficiario, exigiendo como requisitos indispensables que acrediten:
a) La titularidad del inmueble y constancia fehaciente de que la superficie del mismo no excede las cien (100) hectáreas.
b) Domicilio del productor.
c) Inscripción en la Dirección General de Rentas de la Provincia. d) Producción estimada en kilogramos del establecimiento durante el período Fiscal 2020.
e) Que las tierras no están arrendadas y que la producción está bajo su exclusiva ejecución.
Provincia de Tucumán Artículo 4 Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Se establece hasta el 31 de Diciembre de 2020 inclusive, la alícuota del 0% (cero por ciento) para la venta de azúcar efectuada por productores cañeros maquileros
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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