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Implementa en la Provincia de Salta el Programa Primera Oportunidad Laboral Artículo 6 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Implementa en la Provincia de Salta el Programa Primera Oportunidad Laboral Salta
Artículo 6.

Los beneficiarios podrán ser incorporados por los receptores bajo dos (2) tipos de modalidades:

a) Capacitación y Entrenamiento Laboral: tendrá un plazo de hasta doce (12) meses sin generar relación de dependencia o estabilidad ni con el receptor ni con el Estado Provincial. El beneficiario percibirá una asignación económica no remunerativa mensual determinada y otorgada por la Autoridad de Aplicación de acuerdo a un porcentaje del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente a la fecha del otorgamiento. Cumplido ese período, el beneficiario podrá ser contratado formalmente por el receptor bajo la normativa laboral vigente o incluso antes de cumplido el período de otorgamiento del beneficio, si lo propusiera el receptor. La capacitación y el entrenamiento estarán a cargo del receptor. Las Asociaciones Sindicales podrán participar de la capacitación si así lo solicitaren. La carga horaria será de hasta cuatro (4) horas diarias o veinte (20) horas semanales.

b) Por Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado: se establecerá una relación laboral formal entre el receptor y el beneficiario. El receptor que incorpore en su planta de personal al beneficiario, ya sea cumplida la etapa de capacitación y entrenamiento o desde el inicio de su incorporación al Programa, percibirá un subsidio económico por cada trabajador de hasta doce (12) meses, el cual será determinado por la Autoridad de Aplicación en un porcentaje del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) vigente a la fecha del otorgamiento. La carga horaria y remuneración será la que corresponda según el régimen laboral legal aplicable a la actividad.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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