Gestión Integral y Sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos Artículo 15 Provincia de Santa Fe
Gestión Integral y Sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos Santa Fe
Artículo 15. Registro de Información Unificado
La Autoridad de Aplicación, de manera conjunta con las municipalidades o comunas y las Cámaras de Comercio, conformarán un Sistema Unificado de Información sobre AEEs que contenga los siguientes datos:
a) productores y distribuidores de AEEs en el territorio de la Provincia;
b) características de los AEEs puestos en el mercado provincial: información sobre su ciclo de vida, características contaminantes o no de sus componentes o piezas luego de ser desechados por los usuarios o generadores de RAEEs, procedimientos para su desarmado, desmantelado y valorización, factibilidad de reutilización y reciclado de sus componentes y materiales; y, c) planes de recolección y recepción de RAEEs fijados por cada productor y distribuidor de AEEs.
Provincia de Santa Fe Artículo 15 Gestión Integral y Sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEEs)
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Creación del Programa Mendoza Activa Eficiencia Mendoza Artículo 24. Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2020. Aprueba Consenso Fiscal Año 2019 Buenos Aires Artículo 92. Régimen Especial de Regularización Tributaria 2021 Chubut Artículo 17. Establecen la exención del aporte mensual a la Caja de Previsión y Seguro Médico Buenos Aires Artículo 2. Sistema para el Fomento de la Inversión en Vivienda. Determinación de Precios en los Contratos de Obra Pública Destinados a Vivienda Tucumán Artículo 5.Publique la información de sí mismo
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