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Estatuto del Docente Artículo 100 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2024

Estatuto del Docente Santiago del Estero
Artículo 100.

Los aspirantes a suplentes e interinos en la Enseñanza Media deberán reunir las condiciones exigidas por éste Estatuto para la designación de titulares.

REG. del mismo: I) La inscripción se hará en el primer día hábil de noviembre de cada año y el último de enero del siguiente. En la solicitud de inscripción se hará contar: a) Títulos y demás antecedentes valorables, de acuerdo con la reglamentación del capítulo 17;

b) Número de horas o cargos que desempeñen como titular, interino o suplente en la enseñanza oficial o adscripta, indicando los establecimientos donde ejerce; c) Cargo, asignaturas y turno en los que aspira a desempeñarse. Cerrad la inscripción, las Direcciones de los establecimientos de toda la provincia deberán remitir los antecedentes a la Junta de Calificaciones y Clasificaciones.

II) La Junta de Calificaciones y Clasificaciones confeccionará las nóminas por orden de mérito para cada cargo o asignatura, de acuerdo con la valoración establecida para cada caso en la reglamentación del capítulo 17°.

III) La Junta de Calificaciones y Clasificaciones enviará a cada establecimiento las nóminas por orden de mérito, las cuales exhibidas permanentemente para conocimiento de los interesados.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


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