Establece que todo editor de publicaciones oficiales queda obligado a enviar sin cargo siete ejempla Artículo 5 Provincia del Chubut
Establece que todo editor de publicaciones oficiales queda obligado a enviar sin cargo siete ejemplares Chubut
Artículo 5.
La Biblioteca de la Honorable Legislatura en la recepción de los materiales objeto del depósito legal, deberá:
a) Expedir constancia que acredite la entrega y conservar asiento del depósito;
b) Compilar, custodiar, preservar y mantener en buen estado los materiales constituyentes del acervo depositado;
c) Informar anualmente de lo depositado a la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación;
d) Establecer los procedimientos adecuados para el debido acopio de los materiales depositados y para la prestación de los servicios bibliotecarios y de consulta pública; y e) Publicar anualmente la información estadística de los materiales recibidos.
Provincia del Chubut Artículo 5 Establece que todo editor de publicaciones oficiales o privadas que cuenten con auspicio del Estado Provincial queda obligado a enviar sin cargo siete ejemplares a la Biblioteca de la Honorable Legislatura
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Declaración de Chubut No Eutanásica Chubut Artículo 13. Aprobación del Acta Compromiso suscripta entre la provincia de Catamarca y la Empresa Minera Galaxy Lithium Catamarca Artículo 1. Dia Provincial de las Madres de Malvinas en homenaje a las madres de Caídos Chaco Artículo 6. Declarar a Puerto Madryn ciudad receptora de los soldados provenientes de las Islas Malvinas Chubut Artículo 1. Derecho Fundamental a la Lactancia Materna Chubut Artículo 14.Publique la información de sí mismo
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