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Escalafon para todo el personal que presta servicios en el ambito de la administracion publica Artículo 4 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Escalafon para todo el personal que presta servicios en el ambito de la administracion publica Córdoba
Artículo 4. Capacitación

La capacitación para el desarrollo y perfeccionamiento de sus competencias laborales y para una prestación eficaz, eficiente y responsable de los servicios a la comunidad, es un derecho y una obligación de todos los agentes públicos.

El Estado Provincial promoverá, facilitará y tendrá a su cargo la capacitación del personal a través de los organismos que determine.

Los contenidos exigibles serán definidos sobre la base de las necesidades de las distintas reparticiones de la Administración Pública Provincial, atendiendo la diversidad de funciones y tareas que desarrollan los agentes públicos.

Provincia de Córdoba Artículo 4 Escalafon para todo el personal que presta servicios en el ambito de la administracion publica
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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