Emergencia Sanitaria. Medidas excepcionales por los plazos y condiciones que se establecen en la pre Artículo 7 Provincia de Tucumán
Emergencia Sanitaria. Medidas excepcionales por los plazos y condiciones que se establecen en la presente Ley Tucumán
Artículo 7.
Quedan excluidos de la presente norma:
1. Los contratos de arrendamiento y aparcería rural contemplados en la Ley N° 13.246 salvo que sean inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias.
2. Los contratos de locación temporarios previstos en el Artículo 1.199 del Código Civil y Comercial de la Nación.
3. Los contratos de locación cuya parte locadora dependa del canon convenido en el contrato de locación para cubrir sus necesidades básicas o la de su grupo familiar primario y conviviente, debiéndose acreditar debidamente tales extremos.
Provincia de Tucumán Artículo 7 Emergencia Sanitaria. Medidas excepcionales por los plazos y condiciones que se establecen en la presente Ley
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Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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Servicio Provincial de Transporte Público de Pasajeros Tucumán Artículo 7. Unidad de Cuidados Intensivos Pediátricos Chubut Artículo 6. Declarar de utilidad pública y a expropiación una franja de terreno ubicado en el Distrito de Villa Tulumaya Mendoza Artículo 5. Gestión Integral y Sustentable de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos Santa Fe Artículo 16. Consejo de Control y Seguimiento Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2020. Aprueba Consenso Fiscal Año 2019 Buenos Aires Artículo 48.Publique la información de sí mismo
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