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Elaboración del Digesto Jurídico Artículo 6 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Elaboración del Digesto Jurídico Córdoba
Artículo 6. Categorías

Las leyes y otras normas que integren el Digesto Jurídico de la Provincia de Córdoba se clasificarán conforme a las siguientes categorías indicativas:

a) Administrativas;

b) Ciencia y Técnica;

c) Constitucional;

d) Cultura;

e) Deportes;

f) Derechos Humanos;

g) Economía y Finanzas;

h) Educación;

i) Industria y Producción;

j) Legislación General;

k) Medio Ambiente, Recursos Naturales y Ecología;

l) Procesal Administrativo;

m) Procesal Civil;

n) Procesal Constitucional;

ñ) Procesal Laboral;

o) Procesal Penal;

p) Público Provincial, Municipal y Comunal;

q) Salud;

r) Seguridad Pública y Privada;

s) Seguridad Social;

t) Servicios Públicos y Transporte;

u) Tratados y Convenios;

v) Tributario;

w) Turismo, y x) Derecho de la Mujer.

La Comisión Especial creada por el artículo 8º de esta Ley podrá agrupar en una, dos o más las categorías mencionadas en este artículo e incorporar otras, de acuerdo a la cantidad relativa de normas vigentes o sus textos ordenados.

Provincia de Córdoba Artículo 6 Elaboración del Digesto Jurídico
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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