Imprimir

Ejecucion del presupuesto de la administracion publica Artículo 13 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ejecucion del presupuesto de la administracion publica Córdoba
Artículo 13.

La Ley Anual del Presupuesto fijará el valor del índice Uno (1) que regirá para las contrataciones previstas en el presente Capítulo. Las contrataciones a que se refiere el Capítulo V de la Ley de Contabilidad N. 5.116 -según texto ordenado y actualizado por Ley N. 6.395 -excepto las contempladas en los artículos 11 y 12 de la presente, se ajustarán en sus montos al siguiente ordenamiento:

*a) Contratación Directa, hasta el índice cinco (5)

Concurso de Precios, hasta el índice Cuarenta (40)

Licitación Privada, hasta el índice Noventa (90)

Licitación Pública, cuando exceda de índice Noventa (90)

La Contratación Directa prevista en el presente inciso se extenderá hasta el índice Ocho (8) para la adquisición de bienes y servicios de uso exclusivamente aeronáutico y los destinados a la Dirección de Actividades Artísticas.

b) Tendrán facultades para autorizar contrataciones:

Hasta índice Veinta (20): Director de Repartición, Director de Hospital y Jefe de Zona Sanitaria.

Hasta índice Setenta y Cinco (75): Director de Administración o Administración y Personal.

Hasta índice Mil (1000): Subsecretario y Jefe de Policía.

Hasta índice Tres Mil Setecientos Cincuenta (3750): Ministro del Poder Ejecutivo.

Sin Límite: Poder Ejecutivo.

c) Tendrán facultades para adjudicar contrataciones:

Hasta índice Diez (10): Director de Repartición, Director de Hospital y Jefe de Zona Sanitaria.

Hasta índice Treinta (30): Director de Administración o Administración y Personal.

Hasta índice Trescientos (300): Subsecretario y Jefe de Policía

Hasta índice Cuatrocientos (400): Ministro del Poder Ejecutivo.

Sin Límite: Poder Ejecutivo.

d) En su caso, las facultades asignadas a todos los funcionarios hasta el nivel de Subsecretario inclusive, serán ejercidas por el Jefe de Servicio Administrativo de los organismos sin dependencia Ministerial y/o Director o Directorio de las Entidades Autárquicas y Director General de Obras Sanitarias.

*e) Para las empresas del Estado, las facultades de autorización y resolución de contrataciones se extienden sin límite de monto a su Director General o Directorio.

Las Empresas del Estado, quedan exceptuadas de los límites de montos fijados en los artículos 11 inc. a) y 13 inc. a) de la presente Ley, estableciéndose para las mismas los siguientes:

Contrataciones Directas: hasta índice veinte (20). Concurso de Precios: hasta índice noventa (90). Licitaciones Privadas: hasta índice ciento ochenta (180). Licitaciones Públicas, cuando exceda de índice ciento ochenta (180).

f) El Poder Ejecutivo podrá contratar en forma directa hasta el índice Veinte (20), el arrendamiento de inmuebles para vivienda de funcionarios que se disponga en arreglo al artículo 21 de esta Ley.

g) El señor Gobernador, los señores Ministros, el señor Secretario de la Gobernación y el señor Fiscal de Estado, podrán disponer gastos de cortesía y homenajes en forma directa hasta el índice Dieciseis (16).

Provincia de Córdoba Artículo 13 Ejecucion del presupuesto de la administracion publica
Artículo 1 ...11 12 13 14 14 bis ...35

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse