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Declaran el estado de emergencia sanitaria de los establecimientos geriátricos, de gestión pública y Artículo 7 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Declaran el estado de emergencia sanitaria de los establecimientos geriátricos, de gestión pública y privada Buenos Aires
Artículo 7.

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, determinará el procedimiento a seguir para los casos en que el establecimiento no cumpla las condiciones mínimas de permanencia y deba procederse a su clausura definitiva, disponiendo el traslado de los adultos mayores a otros establecimientos o residencias.

El Municipio podrá proponer al Ministerio la sanción de clausura. Dicha propuesta será analizada por el Ministerio quien, de considerarlo procedente, dictará el acto administrativo pertinente. En estos casos, la operatoria del traslado de los adultos mayores, quedará a cargo del Municipio.



Provincia de Buenos Aires Artículo 7 Declaran el estado de emergencia sanitaria de los establecimientos geriátricos, de gestión pública y privada, en toda la provincia
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion


Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


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