Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela ubicada en la localidad de Luis Artículo 1 Provincia de Río Negro
Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela ubicada en la localidad de Luis Beltrán Río Negro
Artículo 1. Objeto
Se declara de utilidad pública y sujeta a expropiación la parcela cuya designación catastral es 07-1-E-063-12D, ubicada en la localidad de Luis Beltrán, con una extensión de 1 ha., 07 as., 77 cas., 40 dm2, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo la titularidad de "Cooperativa de Consumo y Vivienda Patagónica Limitada", bajo el tomo 859, folio 40, finca 158820, cuyas medidas lineales, angulares y superficiales surgen del plano de mensura nº 302-14 aprobado por la Gerencia de Catastro de la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro.
Provincia de Río Negro Artículo 1 Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación una parcela ubicada en la localidad de Luis Beltrán
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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