Declaración de utilidad pública y expropiación de un inmueble en el Municipio de Guaymallén Artículo 1 Provincia de Mendoza
Declaración de utilidad pública y expropiación de un inmueble en el Municipio de Guaymallén Mendoza
Artículo 1.
Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación la superficie afectada a ensanche de calle Ecuador, constante de NOVENTA METROS CON SESENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (90,69 m2) según Título, y NOVENTA METROS CON SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (90,74 m2 ) según mensura plano aprobado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº04-33070, del inmueble sito en calle Ecuador del Distrito Villa Nueva, identificado bajo Padrón Municipal Nº34.003, Nomenclatura Catastral 04-08-01-0015-000079-0000-2, inscripto al Nº 21.337, a fojas 921 del Tomo 108 D de Guaymallén, de la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia. Dicha superficie de Mensura y de Título, es aproximada. La Superficie definitiva, surgirá del Plano de Mensura para Expropiación, que encargará el Municipio al Colegio de Agrimensores, una vez declarada de Utilidad Pública y Sujeta a Expropiación por Ley.
Provincia de Mendoza Artículo 1 Declaración de utilidad pública y expropiación de un inmueble en el Municipio de Guaymallén
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
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