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Crean el Ministerio Público de la Defensa, que forma parte del Poder Judicial Artículo 3 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Crean el Ministerio Público de la Defensa, que forma parte del Poder Judicial Córdoba
Artículo 3. Principios de actuación

El Ministerio Público de la Defensa ejerce sus funciones por medio de sus órganos propios conforme los siguientes principios:

a) Unidad de actuación: El Ministerio Público de la Defensa es único y es representado por cada uno de sus integrantes en los actos y procesos en que actúen, y en todas aquellas cuestiones que en función de la legislación deban intervenir;

b) Interés preponderante de la persona asistida: El personal del Ministerio Público de la Defensa promueve la accesibilidad al servicio de defensa oficial, procurando siempre dar satisfacción prioritaria a las necesidades de la persona asistida, defendida o representada;

c) Confidencialidad: Los integrantes del Ministerio Público de la Defensa se encuentran sometidos a la regla de confidencialidad respecto de la información que les sea confiada por la persona asistida;

d) Gratuidad: Los servicios de los Defensores Públicos son gratuitos para quienes acrediten las condiciones exigidas en la presente Ley y su reglamentación, y e) Celeridad y simplicidad: el Ministerio Público de la Defensa debe informar mediante lenguaje sencillo a sus asistidos las disposiciones que orientan su actuación y los resultados de su gestión, procediendo con diligencia, celeridad, agilidad y simplicidad en su función.

Provincia de Córdoba Artículo 3 Crean el Ministerio Público de la Defensa, que forma parte del Poder Judicial
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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