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Creación Marca Artículo 3 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Creación Marca San Luis
Artículo 3.

Son objetivos de la presente Ley:

a) Reconocer y seleccionar los atributos y caracteres que configuran y distinguen la identidad propia a los bienes y servicios producidos en el territorio provincial;

b) Promocionar e instalar en el mercado local, regional, nacional e internacional la Marca San Luis a fin de constituir un instrumento estratégico para agregar valor y competitividad a la producción local;

c) Acompañar a las personas humanas y jurídicas, en la promoción e instalación de los bienes y servicios que producen, a través de la Marca San Luis, en los mercados locales, regionales, nacionales e internacionales; d) Integrar en las diversas estrategias o políticas públicas productivas, las denominaciones de origen y las indicaciones geográficas formalmente creadas o a crearse en los ámbitos regionales o municipales de la provincia de San Luis;

e) Promover el aumento de la producción de bienes y servicios aportándole mayor valor agregado;

f) Avalar los procesos de producción de los bienes y servicios identificados con la Marca San Luis; g) Estimular el crecimiento de las exportaciones a partir del fomento de las producciones caracterizadas por su designación de origen, Marca San Luis;

h) Favorecer el proceso de inversión para la producción de bienes y servicios, con énfasis en la creación y desarrollo de Pymes;

i) Estimular, integrar y promover la creación de comisiones técnicas para el desarrollo de certificaciones de origen, procesos y trazabilidad de los productos y servicios puntanos cuya composición, importancia económica e identidad cultural deban ser destacadas;

j) Promover políticas públicas orientadas a lograr el reconocimiento local, regional, nacional e internacional de la Marca San Luis;

k) Generar estrategias de comunicación para la difusión de la Marca San Luis;

l) Fomentar el desarrollo de eventos culturales, académicos, deportivos, religiosos, gastronómicos o de características similares, vinculados a la Marca San Luis.-

Provincia de San Luis Artículo 3 Creación Marca
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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