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Creación del sistema provincial de seguro de salud para personas extranjeras Artículo 2 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del sistema provincial de seguro de salud para personas extranjeras Jujuy
Artículo 2. SISTEMA PROVINCIAL DE SEGURO DE SALUD PARA PERSONAS EXTRANJERAS

Créase el Sistema Provincial de Seguro de Salud para Personas Extranjeras.

Facúltese al Poder Ejecutivo a establecer por vía reglamentaria las autorizaciones, modalidades, excepciones, nomencladores y valores retributivos de las prestaciones del seguro provincial de salud para las personas extranjeras alcanzadas por la presente Ley, que no hicieran aportes vía tributaria para solventar los servicios que brinda el Estado, conforme a las normas vigentes, debiendo garantizar el pleno acceso a los servicios y capacidad instalada del sistema provincial de salud.-



Provincia de Jujuy Artículo 2 Creación del sistema provincial de seguro de salud para personas extranjeras
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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