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Creación del Consejo Provincial de Alimentos Artículo 6 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Creación del Consejo Provincial de Alimentos Chubut
Artículo 6.

El Consejo Provincial de Alimentos tendrá como objetivos:

a) Promover la producción de alimentos inocuos en todas sus escalas productivas y comerciales.

b) Disminuir las enfermedades transmitidas por alimentos (ETAs) a partir de la prevención centrada en la capacitación de los actores que intervienen en la promoción, en la fiscalización, y en los diversos eslabones de las cadenas de valor de los alimentos (productores, elaboradores, transportistas, comercializadores, consumidores).

c) Facilitar trámites y optimizar procedimientos a fin de favorecer la producción formal y responsable de alimentos en la Provincia.

d) Unificar criterios técnicos y de aplicación de normativas horizontalmente, entre los diversos organismos de fiscalización y con los diversos organismos vinculados a la promoción, y verticalmente, entre los referentes y organismos de fiscalización y promoción correspondientes a los diversos estamentos del Estado (municipal, provincial y nacional).

e) Identificar y abordar técnicamente -incorporando los criterios de Salud y de Producción- temas e ítems de interés provincial que requieran modificaciones del Código Alimentario Argentino.

f) Promover la adecuación y actualización normativa provincial y municipal vinculada a la producción de alimentos.

g) Brindar asesoramiento a emprendimientos, a los equipos técnicos municipales y comunales, así como a las organizaciones no gubernamentales vinculadas directa o indirectamente a la producción de alimentos.

h) Instrumentar los medios para favorecer el acceso a la información útil sobre producción inocua de alimentos, y sobre los requisitos y trámites para formalizar o mejorar la calidad de las producciones.

i) A partir de la unificación de criterios técnicos y de aplicación de normativas, utilizando los canales que se consideren, ser facilitadores de información.

j) Fomentar políticas que garanticen la soberanía alimentaria.

k) Recibir y evaluar solicitudes de modificación del Código Alimentario Argentino por parte de empresas, organizaciones e instituciones locales, a fin de consensuar una posición interinstitucional y elevar la gestión correspondiente, con aval provincial a la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL).



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