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Constitucion de Fomi Cruz S.E. -fomento minero de Santa Cruz Sociedad del Estado Artículo 5 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Constitucion de Fomi Cruz S.E. -fomento minero de Santa Cruz Sociedad del Estado Santa Cruz
Artículo 5.

Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, en concepto de capital a la Sociedad, los bienes muebles o inmuebles que actualmente integran el Patrimonio de la Dirección de Fomento Minero, el Laboratorio y Planta Piloto Diego E. Saborido, de la localidad de Puerto San Julián y otros bienes de uso directo o accesorios aplicables al objeto de la Sociedad, asimismo transferirá las partidas presupuestarias asignadas para prospección minera como así los fondos que ingresen en la cuenta especial "Fondo Minero Provincial", creado por Ley N° 1992, destinados a los incisos a), b), c), d), e), f), y g), del artículo 34 de la misma.

Igualmente la Sociedad accederá también a requerimientos de trabajos que soliciten terceros, enmarcados en las funciones que hacen al desarrollo del Fomento Minero.-



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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