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Constitución Artículo 10 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Córdoba
Artículo 10. Libre iniciativa

El Estado provincial garantiza la iniciativa privada y toda actividad económica lícita, y las armoniza con los derechos de las personas y de la comunidad.



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