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Código Procesal de Familia Artículo 330 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal de Familia Tucumán
Artículo 330.

COMPETENCIA MATERIAL: La Justicia de Paz Letrada excluye la mediación extrajudicial previa obligatoria y entenderá siempre que al menos la parte peticionante pudiere obtener el beneficio para litigar sin gastos en:

1. Cautelar de alimentos provisorios.

2. Medida autosatisfactiva de protección de personas.

3. Toma de declaraciones testimoniales y recepción de posiciones de partes, en los supuestos en que los testigos propuestos y/o las partes que deban absolver posiciones residieran en las zonas de influencia de los Juzgados de Paz Letrada. En estos casos, se deberá notificar a las partes a fin del estricto control de la producción de la prueba.

Provincia de Tucumán Artículo 330 Código Procesal de Familia
Artículo 1 ...328 329 330 331 332 ...384

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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