Código de Procedimientos Mineros Artículo 121 Provincia del Chaco
Código de Procedimientos Mineros Chaco
Artículo 121.
Labrada el acta de constatación de la infracción, en la misma se emplazará al infractor para que dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la fecha del acta, comparezca ante la autoridad minera, constituya domicilio, formule su descargo y produzca la prueba que haga a su derecho. Dentro de los cinco días siguientes, la autoridad minera deberá dictar resolución.
La resolución que se dicte aplicando sanción, será recurrible según lo dispuesto en el Título XII de este Código, con efecto devolutivo.
Provincia del Chaco Artículo 121 Código de Procedimientos Mineros
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Jurista Beatriz Esquivel Abogado Nilo Medina Mar del Plata, Buenos Aires. Ley de Ministerios Río Negro Artículo 7. Refrendo Ley de Ministerios Río Negro Artículo 10. Secretarías y subsecretarías de los ministerios y de las secretarías de Estado Abogado SANDRA BEATRIZ MASSIMINO Quilmes,Publique la información de sí mismo
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