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Aprobación del Convenio suscripto entre la Provincia de Córdoba, la Empresa Provincial de Energía Artículo 1 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Aprobación del Convenio suscripto entre la Provincia de Córdoba, la Empresa Provincial de Energía Córdoba
Artículo 1.

Apruébase el Convenio suscripto entre la Provincia de Córdoba, representada por el señor Gobernador, Cr. Juan Schiaretti, acompañado por el señor Ministro de Servicios Públicos, Dr. Ing. Fabián López;

la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, representada por el señor Presidente, Ing. Luis Giovine, y la Municipalidad de Córdoba, representada por el señor Intendente, Dr. Martín Llaryora, acompañado por el señor Secretario de Desarrollo Urbano, Arq. Daniel E. Rey; para la promoción, desarrollo y ejecución de planes de normalización de alumbrado público y tendido de conductores para el mejoramiento del sistema energético de la ciudad de Córdoba, con la finalidad de propender a un uso más racional y eficiente de la energía eléctrica, celebrado con fecha 23 de diciembre del 2019 y registrado ese mismo día en el Protocolo de Tratados y Convenios de la Subsecretaría Legal y Técnica de Fiscalía de Estado con el N° 34.

El Convenio, compuesto de tres fojas, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.



Provincia de Córdoba Artículo 1 Aprobación del Convenio suscripto entre la Provincia de Córdoba, la Empresa Provincial de Energía de Córdoba y la Municipalidad de Córdoba para la promoción, desarrollo y ejecución de planes de normalización de alumbrado público y tendido de conductores
Artículo 1 2

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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