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Adhesión provincial a la Ley Nacional Nº 27118. Declaración de interés público a la agricultura fami Artículo 9 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Adhesión provincial a la Ley Nacional Nº 27118. Declaración de interés público a la agricultura familiar, campesina e indígena Córdoba
Artículo 9. Registración

Sólo pueden acceder a los beneficios establecidos en la presente Ley:

a) Los agricultores familiares, campesinos e indígenas que se inscriban en forma individual en el Registro Provincial de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena, y b) Las organizaciones que representen a la agricultura familiar, campesina e indígena que figuren inscriptas en el Registro Provincial de Organizaciones que representen a la Agricultura Familiar, Campesina e Indígena.

A los fines de cumplir con lo dispuesto en el artículo 8º de esta Ley, la Autoridad de Aplicación debe incorporar al Registro Nacional de Agricultura Familiar (RENAF) establecido en el artículo 6º de la Ley Nacional Nº 27118 a aquellos beneficiarios que, habiendo cumplido con la obligación impuesta en el presente artículo, aún no figuren inscriptos en aquél, como así también incluir en los registros provinciales a quienes ya estén incorporados en el Registro Nacional de Agricultura Familiar.



Provincia de Córdoba Artículo 9 Adhesión provincial a la Ley Nacional Nº 27118 -Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina- Declaración de interés público a la agricultura familiar, campesina e indígena
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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