Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.499, Ley Micaela Artículo 11 Provincia del Chubut
Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.499, Ley Micaela Chubut
Artículo 11.
Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley. Cláusula Transitoria: De conformidad con lo previsto en el artículo 5°, los organismos que a la entrada en vigencia de la presente ley no hayan elaborado o adaptado programas de capacitación en género, deberán utilizar los programas, cursos u otras plataformas de capacitación diseñados por el Instituto Nacional de las Mujeres.
Provincia del Chubut Artículo 11 Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.499, Ley Micaela
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
shhhhhhhhhhhhhhhhh
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Programa de Promoción y Concientización Sobre la importancia Sanitaria de la Donación de Plasma de Pacientes Recuperados de Covid- 19 Chaco Artículo 4. DEFINICIONES Adhesión de la provincia a la ley nacional 27.628 Chaco Artículo 1. Declaración de Estado de Emergencia Provincial en materia de consumos problemáticos Chaco Artículo 14. Declaración de Estado de Emergencia Provincial en materia de consumos problemáticos Chaco Artículo 10. Declara el Estado de Emergencia Climática en todo el ámbito provincial La Rioja Artículo 2.Publique la información de sí mismo
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