Sistema de Boleta Única y Unificación del Padrón Electoral (Sistema de Boleta Única y Unificación del Padrón Electoral) Provincia de Santa Fe
Sistema de Boleta Única y Unificación del Padrón Electoral Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Boleta Única
- Artículo 2. Características de la Boleta Única
- Artículo 3. Registro de los candidatos a oficializar en la Boleta Única
- Artículo 4. Número de Boletas Únicas
- Artículo 5. Provisión
- Artículo 6. Local de sufragio
- Artículo 7. Entrega de las boletas únicas del elector
- Artículo 8. Emisión y recepción de sufragios
- Artículo 9. Clausura del Acto
- Artículo 10. Escrutinio
- Artículo 11. Votos válidos
- Artículo 12. Votos nulos
- Artículo 13. Votos en blanco
- Artículo 14. Unificación del padrón electoral, supresión de las mesas electorales...
- Artículo 15. Modifícase el artículo 7 de la ley provincial Nº 12367, el que quedará...
- Artículo 16. Modifícase el artículo 24 de la ley provincial Nº 12367, el que quedará...
- Artículo 16 bis. Una vez remitidos por el Tribunal Electoral los modelos de Boletas para su...
- Artículo 17. Derógase el inciso d) del artículo 43 de la ley Nº 4990.
- Artículo 18. Publicidad
- Artículo 18 bis. A los fines de la aplicación de esta Ley, se entenderá por Afiches, a...
- Artículo 19. Cláusula Transitoria
- Artículo 20. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Decláranse de Interés Público y sujetos a expropiación inmuebles Revisación médica obligatoria a toda persona tripulante Creación del Archivo Oral de las Memorias de Malvinas de Santa Fe, en el ámbito del Archivo General Secretaria de Trabajo Adjudicación de vivienda bajo el régimen del FONAVIMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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