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Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversión en Vivienda "CASA DE AHORRO Artículo 10 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Sistema de Ahorro para el Fomento de la Inversioón en Vivienda CASA DE AHORRO Nacional
Artículo 10.

Autorícese al Poder Ejecutivo nacional, por sí o por intermedio de quien designe expresamente al efecto, a la creación de fideicomisos financieros, en los términos del artículo 1690 del Código Civil y Comercial de la Nación, cuya finalidad principal consistirá en garantizar el ahorro argentino de largo plazo con el objeto de financiar, principalmente, el acceso a la vivienda nueva, única y familiar en todo el territorio nacional.

Dichos fideicomisos financieros estarán destinados a la obtención de fondos, a través de aportes de los fiduciantes, o por cesión de carteras de préstamos hipotecarios UVIs, o por la emisión y la colocación de los títulos representativos de deuda, de acuerdo a la capacidad de los bienes fideicomitidos, con la única finalidad de otorgar préstamos hipotecarios UVIs.

Las líneas de préstamos hipotecarios que se ofrezcan a través del o los fideicomisos que se pongan en funcionamiento deberán contemplar beneficios especiales a personas físicas para la adquisición, construcción y/o ampliación de viviendas familiares.

Los beneficios podrán consistir en subsidios de una porción del capital, de tasa o de gastos relacionados con la operatoria, fundamentalmente en aquellas personas físicas que pretendan acceder a una vivienda única.

Las características de las líneas de préstamos hipotecarios UVIs y los beneficios a implementarse serán coordinados y definidos por el Poder Ejecutivo nacional, con la colaboración de los organismos estatales, provinciales y municipales vinculados a la política de vivienda, con la finalidad de que se propenda al acceso a la vivienda a todas las familias del país, atendiendo a las características del mercado de la vivienda de cada provincia.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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