Se establecen acciones, normas y procedimientos para el manejo del fuego (prevención y lucha contra incendios) en las áreas rurales y forestales (Se establecen acciones, normas y procedimientos para el manejo del fuego en las áreas rurales y fore) Provincia de Catamarca
Se establecen acciones, normas y procedimientos para el manejo del fuego (prevención y lucha contra incendios) en las áreas rurales y forestales Provincia de Catamarca
- Artículo 1. Establécese acciones, normas y procedimientos para el Manejo del Fuego...
- Artículo 2. Declárase de Interés Público las medidas para prevenir y combatir los...
- Artículo 3. La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será la Secretaría de Estado...
- Artículo 4. Son atribuciones y obligaciones de la Autoridad de Aplicación: a.-...
- Artículo 5. Queda totalmente prohibido el uso del fuego en el ámbito rural y forestal sin...
- Artículo 6. Toda persona que tome conocimiento de la existencia de un foco ígneo que...
- Artículo 7. Los aserraderos, obrajes, campamentos de producción de leña e industrias...
- Artículo 8. Cuando exista denuncia de delito o supuesto delito relacionado con el manejo...
- Artículo 10. El Plan anual de Prevención y Lucha Contra el Fuego, tendrá en consideración:...
- Artículo 11. El Órgano de Aplicación deberá tener en cuenta al confeccionar el mapa a que...
- Artículo 12. El Plan Anual de Prevención y Lucha contra el fuego en Áreas Rurales...
- Artículo 13. El Plan Anual de Prevención y Lucha contra el Fuego y el mapa de Zonificación...
- Artículo 14. Los particulares, entidades públicas o empresas privadas que por cualquier...
- Artículo 15. Ante la detección de un incendio en zonas rurales, naturales o forestales,...
- Artículo 16. En caso de haberse declarado un foco ígneo, los propietarios, aparceros,...
- Artículo 17. La Autoridad de Aplicación, denunciará ante el órgano jurisdiccional a toda...
- Artículo 18. La Autoridad de Aplicación podrá solicitar a la autoridad policial la...
- Artículo 19. La Autoridad de Aplicación llevará un Registro de Infractores donde se...
- Artículo 20. Los Infractores a lo establecido en los artículos 5º, 6º y 7º de la presente...
- Artículo 21. Las multas a las infracciones realizadas serán graduadas dependiendo de la...
- Artículo 22. Cuando el incendio en zonas rurales, forestales o naturales se originara en...
- Artículo 23. Créase el Fondo de Manejo del Fuego (Prevención y Lucha contra incendios en...
- Artículo 24. A los fines de la creación del Fondo de Manejo del Fuego, autorízase al Poder...
- Artículo 25. La administración del Fondo de Manejo del Fuego estará a cargo de la...
- Artículo 26. Derógase toda otra disposición que se oponga a la presente.
- Artículo 27. El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente Ley en el plazo de noventa...
- Artículo 28. De forma.-
Otras regulaciones
Ley Impositiva- Ejercicio Fiscal 2019 Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las Áreas de Seguridad y Salud Se da nombre a la Escuela Provicial N° 59 Adhesión provincial a la Ley Nacional N° 27.447 Declara patrimonio cultural al Cristo Redentor, ubicado en el Cerro Huayco, El Rodeo, Departamento AmbatoMejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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