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Regulación de la investigación científica y el uso medicinal y terapéutico de la planta de Cannabis Artículo 7 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Regulación de la investigación científica y el uso medicinal y terapéutico de la planta de Cannabis Jujuy
Artículo 7. CONVENIOS Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS

La Autoridad de Aplicación gestionará y tramitará ante el Estado Nacional todas y cada una de las autorizaciones y convenios que fueran necesarios para garantizar la provisión del medicamento paliativo aceite de Cannabis y otros derivados de la planta de Cannabis que se autoricen en el futuro, en un todo de conformidad con las exigencias legales de calidad, seguridad y eficacia requeridos por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) o el organismo que en el futuro la reemplace. Asimismo, gestionará todas aquellas autorizaciones legales, acciones y medidas tendientes a proteger y mejorar la salud pública y la calidad de vida de la población mediante la investigación científica de la planta de Cannabis y sus derivados para uso medicinal y/o terapéutico, incluyendo convenios de colaboración científico-tecnológica con universidades nacionales y privadas de Jujuy, CONICET, INTA, entre otros organismos y entidades provinciales, nacionales y/o extranjeras que la autoridad de aplicación determine.



Provincia de Jujuy Artículo 7 Regulación de la investigación científica y el uso medicinal y terapéutico de la planta de Cannabis
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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