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Regula el ejercicio de la profesión de Técnico en Emergencia Médica Artículo 5 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Regula el ejercicio de la profesión de Técnico en Emergencia Médica Río Negro
Artículo 5.

Las instituciones y los responsables de la dirección, administración o conducción de las mismas, que contraten para realizar las funciones e incumbencias propias del Técnico en Emergencias Médicas a personas que no reúnen los requisitos exigidos por la presente, o que directa o indirectamente las obliguen a realizar tareas fuera de los límites de incumbencia, son pasibles de las sanciones previstas en la legislación vigente, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa que pudiere imputarse a las mencionadas instituciones y sus responsables.

Provincia de Río Negro Artículo 5 Regula el ejercicio de la profesión de Técnico en Emergencia Médica
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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