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Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Artículo 125 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones Santa Cruz
Artículo 125.

Se abonará a los beneficiarios un haber anual complementario constituido por dos cuotas semestrales equivalentes cada una de ellas al cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual nominal devengada por todo concepto en el semestre que se considere. Este haber se pagará con la periodicidad con que se abone el sueldo anual complementario al personal en actividad. En caso de liquidaciones que correspondan a períodos menores de seis (6) meses, el sueldo anual complementario se determinará en forma proporcional al tiempo que se tome en cuenta y de acuerdo a la forma indicada en el comienzo del presente Artículo.

Provincia de Santa Cruz Artículo 125 Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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