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Regimen para la recuperacion, fomento y desarrollo de la actividad caprina Artículo 6 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Regimen para la recuperacion, fomento y desarrollo de la actividad caprina Nacional
Artículo 6.

El presente régimen dará un tratamiento diferencial en los beneficios económicos y en los requisitos a cumplimentar a los productores de hacienda caprina cuyos ingresos estén por debajo de la línea de pobreza. Asimismo se podrán firmar convenios con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales que cumplen funciones de desarrollo de este sector social a los efectos de optimizar la asistencia.

En este caso, la ayuda económica se podrá otorgar a sistemas productivos que no cumplen con la condición de ser económicamente sustentables pero indefectiblemente deberán llevarse a cabo por productores caprinos, en condiciones agroecológicamente adecuadas. En todos los casos las acciones deben promover el ajuste entre la carga animal y la capacidad forrajera, y el buen uso de los recursos naturales.

Capítulo III Autoridad de aplicación, coordinador nacional y comisión asesora técnica
 



Nacional Artículo 6 Regimen para la recuperacion, fomento y desarrollo de la actividad caprina
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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