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Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Artículo 9 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Nacional
Artículo 9. Uso o intento de uso de una sustancia prohibida o de un método prohibido

Constituye infracción a las normas antidopaje el uso o intento de uso por parte de un atleta de una sustancia prohibida o de un método prohibido.

A los efectos de la configuración de dicha infracción deben considerarse las siguientes pautas:

a) Constituye obligación personal del atleta asegurarse de que ninguna sustancia prohibida ingrese en su organismo y de que no se utilice ningún método prohibido. No es necesario demostrar intención, culpabilidad, negligencia o uso consciente por parte del atleta para determinar que se ha producido una infracción a las normas antidopaje por el uso de una sustancia o método prohibidos; y b) No es una cuestión determinante para que se considere que se ha cometido una infracción de la norma antidopaje el éxito o fracaso en el uso de una sustancia prohibida o de un método prohibido. Es suficiente que se haya usado o se haya intentado usar la sustancia prohibida o el método prohibido.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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