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Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Artículo 81 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Régimen jurídico para la prevención y el control del dopaje en el deporte Nacional
Artículo 81. Objetivos

Son objetivos de la Comisión Nacional Antidopaje:

a) Dictar las normas antidopaje, de toma de muestras y de la gestión de los resultados, a nivel nacional;

b) Coadyuvar a que las organizaciones antidopaje realicen los controles respectivos;

c) Llevar el Registro Nacional de Sanciones Deportivas impuestas por el incumplimiento del presente régimen;

d) Coadyuvar a que las organizaciones antidopaje impulsen los sumarios disciplinarios que fuera menester con motivo de dopaje;

e) Establecer planes de distribución de controles antidopaje en los deportes de nivel nacional, en competencia o fuera de ella, pudiendo determinar las oportunidades de su realización, fijar los sistemas de selección de los atletas a controlar o proceder a su selección en forma directa o aleatoria, aún sin intervención de las respectivas federaciones deportivas nacionales;

f) Promover la investigación antidopaje y la realización de programas educativos, campañas de divulgación sobre los peligros del dopaje para la salud de los atletas y para los valores éticos y morales del deporte;

g) Difundir la lista de sustancias y métodos prohibidos;

h) Publicar la lista de sustancias y métodos prohibidos conforme al artículo 18, tercer párrafo, del presente régimen;

i) Evitar, salvo los casos autorizados por el presente régimen, la divulgación o la comunicación pública de los resultados atípicos y de los resultados analíticos adversos que lleguen a su conocimiento, preservando el derecho a la intimidad del atleta;

j) Entender en las relaciones de cooperación entre la República Argentina y la Agencia Mundial Antidopaje y con las principales organizaciones encargadas de la lucha contra el dopaje en el deporte;

k) Informar, cada dos (2) años, a la Agencia Mundial Antidopaje, sobre el cumplimiento del Código Mundial Antidopaje y explicar, en su caso, los motivos que hubieran impedido su cumplimiento; y l) Colaborar en la realización de controles de dopaje recíprocos con otras organizaciones encargadas de la lucha contra éste en el deporte.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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