Régimen jubilatorio extraordinario para el personal del ex banco municipal de la plata (Régimen jubilatorio extraordinario para el personal del ex banco municipal de la plata) Provincia de Buenos Aires
Régimen jubilatorio extraordinario para el personal del ex banco municipal de la plata Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. El personal que al 31 de julio de 2003 revistó en la planta permanente,...
- Artículo 2. Estará a cargo de la Municipalidad de La Plata el pago de los aportes y...
- Artículo 3. A los efectos de la aplicación del presente régimen, los interesados deberán...
- Artículo 4. En todos los casos de opción por la presente Ley, el Instituto de Previsión...
- Artículo 4 bis. Con el objeto de posibilitar la aplicación de la presente Ley, la Resolución...
- Artículo 5. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Créase el Registro Provincial de Adhesiones a Normas Nacionales La Suprema Corte de Justicia podrá invitar a cualquier a intervenir en calidad de Amigo del Tribunal Faculta al Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la emergencia sanitaria en el marco del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal Sistema de Promoción y Desarrollo de la Economía Social y Solidaria Declaración de Personalidad Destacada Post Mortem al señor Teodoro Carlos QuintanaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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