Régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19 (Régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictad) Provincia de Salta
Régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19 Provincia de Salta
- Artículo 1. Créase el régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que...
- Artículo 2. Dentro del régimen excepcional establecido en el artículo precedente,...
- Artículo 3. El Jefe de Policía de la Provincia tendrá competencia para resolver sobre la...
- Artículo 4. El importe de la multa será destinado a la atención de la emergencia...
- Artículo 5. Cuando sus previsiones no se opongan al presente, será de aplicación...
- Artículo 6. Remítase a la Legislatura en el plazo de cinco (5) días, a los efectos...
- Artículo 7. Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
Otras regulaciones
Adhiérase la provincia de Salta al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 892/2020 Camara de Tabaco administración de los Recursos del Fondo Especial del Tabaco Institución del 10 de junio de cada año como el Día de la Seguridad Vial Declárase al Cebil Colorado, Árbol histórico Creación cargos defensoria oficial penal y civilMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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