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Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense Artículo 94 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Regimen del personal del servicio penitenciario bonaerense Buenos Aires
Artículo 94.

Será sancionado con apercibimiento o arresto hasta veinte (20) días el personal en situación de retiro que incurra en alguna de las siguientes faltas:

1. No observar, en todo lugar y circunstancia, la corrección que exige su situación de retirado.

2. La ebriedad cuando trascienda públicamente.

3. No saludar al superior o no guardar en su presencia la debida compostura.

4. Las vías de hecho, injurias, agravios, amenazas o desafíos contra superiores, iguales o subalternos.

5. Descuidar el uniforme u otras prendas de la Institución, en el caso de su uso en actor públicos u oficiales.

6. Usar visiblemente prendas, distintivos o insignias que no le correspondan.

7. Interponer recursos en términos irrespetuosos o descorteses.

8. Formular presentaciones colectivas.

9. Formular falsas imputaciones, hacer críticas ofensivas, o comentarios maledicentes, contra superiores, iguales o subalternos.

10. Formular, o instigar a formular, denuncias anónimas.

11. Toda otra falta a cualquier prescripción reglamentaria o a las órdenes penitenciarias que le sean impartidas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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