Prohibición de venta, expendio o suministro de bebidas alcohólicas entre las 24 y las 9 hs (Prohibición de venta, expendio o suministro de bebidas alcohólicas entre las 24 y las 9 hs) Provincia de Santiago del Estero
Prohibición de venta, expendio o suministro de bebidas alcohólicas entre las 24 y las 9 hs Provincia de Santiago del Estero
- Artículo 1. Declárase de interés provincial la lucha contra el consumo abusivo y...
- Artículo 2. Prohíbese en todo el territorio de la Provincia la venta, expendio o...
- Artículo 3. La limitación horaria establecida en el artículo precedente, no será...
- Artículo 4. En todos los lugares que estuviere autorizada la venta de bebidas...
- Artículo 5. El propietario, gerente, encargado, organizador o responsable de cualquier...
- Artículo 6. Serán sancionados con multa de cien (100) a quinientos (500) módulos,...
- Artículo 7. Incorpórase en el Título II de la Ley 6.906 -Código de Faltas de la...
- Artículo 8. Invítase a los Municipios de la Provincia a adherirse a las disposiciones de...
- Artículo 9. La presente Ley entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su...
- Artículo 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Día Provincial del Vidalero Adhesión al Régimen Fiscal y buenas prácticas de gobierno Ley de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Provincial 2015 Autorización al Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo a transferir el dominio de un inmueble Adhesión a la Ley Nacional 26.944Mejores juristas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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