Procedimiento conforme al cual el Poder Ejecutivo debe solicitar al Congreso de la Nación la autorización para permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de fuerzas nacionales fuera de él Nacional
Procedimiento conforme al cual el Poder Ejecutivo debe solicitar al Congreso de la Nación la autorización para permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de fuerzas nacionales fuera de él Nacional
- Artículo 1. La presente ley tiene por objeto fijar el procedimiento conforme al cual el...
- Artículo 2. Entiéndese por "fuerzas nacionales", a los efectos de la presente...
- Artículo 3. Entiéndese por "tropas extranjeras" a los efectos de la presente...
- Artículo 4. Los pedidos de autorización serán formulados por el Poder Ejecutivo mediante...
- Artículo 5. En los casos de ejercitaciones combinadas, el Poder Ejecutivo enviará al...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo podrá permitir mediante acto fundado sin aprobación del...
- Artículo 7. En el caso de cualquier otra actividad no contemplada taxativamente en los...
- Artículo 8. En el caso de circunstancias excepcionales que impidan el cumplimiento de...
- Artículo 9. El Congreso de la Nación podrá revocar las autorizaciones concedidas en los...
- Artículo 10. En el caso de la salida de fuerzas nacionales para la realización de las...
- Artículo 11. Las tropas extranjeras que con el propósito de realizar ejercicios de...
- Artículo 12. La solicitud de autorización al Congreso de la Nación y el otorgamiento de...
- Artículo 13. Durante el receso del Congreso de la Nación, el Poder Ejecutivo no podrá...
- Artículo 14. El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley en el plazo de sesenta (60) días de...
- Artículo 15. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO...
- Artículo 16. ANEXO I
Otras regulaciones
Transferencia a título gratuito a favor de la provincia de La Pampa el dominio de los inmuebles sitos en la ciudad de General Pico Expropiacion del inmueble que pertenecio a monseñor jeronimo podesta Declaración de Monumento Histórico Nacional a la Escuela Normal Superior Justo José de Urquiza Institúyese el Día Nacional de los/as afroargentinos/as y de la cultura afro Declaración de Monumento Histórico Nacional a la Escuela Normal Fray Justo Santa María de Oro de la Provincia de San JuanMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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