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Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 Artículo 118 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 Nacional
Artículo 118.

Sustitúyese el artículo 5°, aprobado por el artículo 6° del título II de la ley 27.346, por el siguiente:

Artículo 5°: El impuesto a ingresar surgirá de la aplicación de la alícuota del CINCO POR CIENTO (5%) sobre el valor neto de los depósitos que realice el apostador en su cuenta de juego. Esta alícuota se reducirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) para el caso de apuestas en que intervengan sujetos vinculados a la explotación de juegos de azar y/o apuestas que tengan inversiones genuinas en el país vinculadas a dicho rubro.

La alícuota se incrementará al:

(i) DIEZ POR CIENTO (10%), para el caso de apuestas en que intervenga, de manera directa o indirecta, un sujeto del exterior, o;

(ii) al QUINCE POR CIENTO (15%), para el caso de apuestas en que intervenga, de manera directa o indirecta, un sujeto del exterior que se encuentre ubicado, constituido, radicado o domiciliado en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación, en los términos de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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