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Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Artículo 56 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018 Nacional
Artículo 56.

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias para extinguir y liquidar el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), ambos creados por la ley 25.300 y el Programa Federal de Fortalecimiento Operativo de las Áreas de Seguridad y Salud (PROFEDESS) creado por el decreto 1.765 del 3 de octubre de 2014. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Producción, a disponer la capitalización del Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. mediante la transferencia de los activos líquidos y disponibles de los bienes fideicomitidos que resulten de la liquidación dispuesta en el párrafo precedente, y de aquellos activos y fondos líquidos y disponibles del Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR), creado por el decreto 606 del 28 de abril de 2014. Sustitúyese la denominación del Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR), creado por el decreto 606 del 28 de abril de 2014, por Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

Facúltase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Producción, a disponer la transferencia de los derechos de cobro resultantes de la liquidación de los fideicomisos mencionados en el párrafo primero del presente artículo al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP). Encomiéndase al Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Producción, a realizar en el plazo de UN (1) año las adecuaciones que estime necesarias al decreto 606 del 28 de abril de 2014, para la conformación y el funcionamiento del mencionado FONDEP. Asimismo, y en carácter de autoridad de aplicación, el citado Ministerio, o la dependencia que éste designe, podrá dictar las normas complementarias y aclaratorias que al efecto resulten necesarias.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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