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Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017 Artículo 67 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2017 Nacional
Artículo 67.

Exímese del pago de los derechos de importación, de las tasas por servicios portuarios, aeroportuarios, de estadística y de comprobación que gravan la importación de bienes de capital y de bienes para consumo -y sus repuestos- que sean adquiridos por la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (E.A.N.A. S.E.) (C.U.I.T. 30-71515195-9) e Intercargo Sociedad Anónima Comercial (Intercargo S.A.C.) (C.U.I.T. 30-53827483-2). Dichas importaciones estarán también exentas del impuesto al valor agregado. Estas exenciones sólo serán aplicables si las mercaderías fueren nuevas y la industria nacional no estuviere en condiciones de proveerlas, sobre lo cual deberá expedirse el Ministerio de Producción. Asimismo, exímese del pago del derecho de importación, de las tasas por servicios portuarios, aeroportuarios, de estadística y de comprobación que gravan el mayor valor que, al momento de su reimportación, tengan las mercaderías que haya exportado temporalmente la Empresa Argentina de Navegación Aérea Sociedad del Estado (E.A.N.A. S.E.) (C.U.I.T. 30-71515195-9) a los efectos de su reparación en el exterior. Todos los beneficios dispuestos en este artículo regirán hasta el día 31 de diciembre de 2017, inclusive.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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