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Política ambiental, permanente, racional y sustentable para el control, conservación y preservación Artículo 85 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Política ambiental, permanente, racional y sustentable para el control, conservación y preservación del arbolado público Mendoza
Artículo 85.

Las cortas de los árboles de propiedad privada que vegetan en las márgenes de cauces y/o rutas, quedarán sujetas a las siguientes condiciones y restricciones:

a) Que los árboles se ubiquen dentro de los límites perimetrales de la propiedad.

b) Que los árboles hayan sido plantados por el propietario o antecesor legal y que éstos hayan efectuado las correspondientes labores culturales y hubieran cumplido con las reglamentaciones vigentes en materia forestal.

c) Que la explotación no afecte la estabilidad de los cauces de agua ni el aspecto estético de las rutas, así como la función protectora del árbol, en cuyo supuesto la autoridad forestal determinará y dispondrá la intensidad de la explotación y demás recaudos técnicos para asegurar dicha finalidad. Deberá exhibirse facturación, guías de removido y de transporte otorgadas por la Autoridad de Aplicación.

d) Que el corte del arbolado de propiedad privada, cualquiera sea su ubicación y categoría, se realice con autorización y en las condiciones técnicas que fije la autoridad forestal.

e) Que el propietario esté al día en el pago de los impuestos fiscales de riego y haya pagado los derechos a que se refiere la Ley 2088, así como las multas en que hubiere incurrido.

f) Que el propietario de la corta se obligue a plantar o cuidar rebrotes que se produzcan a raíz de la explotación en un número de árboles igual o hasta el doble del que pretende cortar, si la autoridad forestal así lo dispusiera y en las condiciones técnicas que ésta indique.

Provincia de Mendoza Artículo 85 Política ambiental, permanente, racional y sustentable para el control, conservación y preservación del arbolado público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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