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Pacto federal del trabajo Artículo 9 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/02/2025

Pacto federal del trabajo Nacional
Artículo 9. ANEXO V

PLAN PARA LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE VARONES Y MUJERES EN EL MUNDO LABORAL

La Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se comprometen a impulsar, en el marco de sus respectivas competencias, el Plan para la Igualdad de Oportunidades entre Varones y Mujeres en el Mundo Laboral aprobado por el Decreto N 254/98 del PODER EJECUTIVO NACIONAL, y desarrollar las siguientes líneas de acción:

1. - Diseñar e implementar políticas, planes y programas operativos que promuevan la incorporación de la mujer al trabajo en igualdad de oportunidades y de trato con los varones.

2. - Promover la formación profesional y técnica de las mujeres para la diversificación de sus opciones profesionales para que amplíen sus posibilidades de inserción laboral.

3. - Promover la participación de las mujeres en la producción, estimulando su actividad emprendedora.

4. - Difundir los derechos de las mujeres trabajadoras y estimular su ejercicio.

5. - Generar instancias administrativas que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato de las mujeres en las relaciones laborales.

6. - Promover la conciliación de la vida familiar y laboral.

7. - Analizar y difundir la situación y el aporte de las mujeres trabajadoras.



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Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


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