Otorgamiento de libreta sanitaria (Otorgamiento de libreta sanitaria) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Otorgamiento de libreta sanitaria Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Artículo 1. La Libreta Sanitaria es otorgada por los establecimientos dependientes del...
- Artículo 2. La Libreta es otorgada previo examen médico que acredite el estado de salud...
- Artículo 3. La Libreta Sanitaria llevará los siguientes datos:...
- Artículo 4. Deben poseer obligatoriamente Libreta Sanitaria las personas afectadas a las...
- Artículo 5. Los empleadores no pueden tener a su servicio personal cuya Libreta...
- Artículo 6. El solicitante, a fin de poder realizar algunas de las actividades previstas...
- Artículo 7. Los solicitantes de la Libreta Sanitaria son sometidos a los exámenes...
- Artículo 8. La Libreta Sanitaria debe ser actualizada cada dos (2) años. Sin perjuicio...
- Artículo 9. Establécese la gratuidad en el otorgamiento de la libreta sanitaria, con los...
- Artículo 10. El Poder Ejecutivo, a través de las autoridades competentes, tiene el deber...
- Artículo 11. Deróguense las Ordenanzas Nros. 25.236, 32.656, 33.462, 35.027, Ley N°...
- Artículo 12. Apruébase la reglamentación que como Anexo I forma parte integrante de la...
- Artículo 13. Comuníquese, etc
Otras regulaciones
Asignación de denominación a nuevas calles y plazas Condonación de la deuda por ABL que mantiene la Fundación Alfredo Palacios Prevención del acoso sexual en espacios publicos Publicidad Inmobiliaria Permiso de uso del espacio públicoMejores juristas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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