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Ordenamiento territorial, uso y fraccionamiento del suelo Artículo 58 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ordenamiento territorial, uso y fraccionamiento del suelo Jujuy
Artículo 58.

Cuando se trate de un inmueble que se encuentre fraccionado mediante hechos existentes y habitado, con calles abiertas libradas al uso público y que cuenten con servicios de agua potable y energía eléctrica, y habiendo surgido estos hechos por ventas comprobadas y/o adjudicación estatal efectuadas con una antigüedad mayor de diez (10) años contados hasta la fecha de promulgación de la presente Ley, la Autoridad de Aplicación podrá aprobar y registrar el plano como de Simple División Existente, debiendo los propietarios donar al dominio público las superficies destinadas para calles y ochavas; los lotes resultantes deberán tener una superficie mínima de ciento sesenta metros cuadrados (160 m2).-



Provincia de Jujuy Artículo 58 Ordenamiento territorial, uso y fraccionamiento del suelo
Artículo 1 ...56 57 58 59 60 ...85

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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